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Por: Lic. Oscar Rivera En contribución anterior (Panorama No. 624), me referí al agravio causado a las empresas proveedoras de servicios de telecomunicaciones quienes tímidamente incursionan como competencia en nuestro país y que pretenden hacer valer, a manera de queja, en el seno de la Organización Mundial de Comercio ante la impavidez del gobierno mexicano. La reciente resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra de la publicación del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes que otorgaba atribuciones a dicha dependencia gubernamental en materia de otorgamiento de concesiones y permisos para servicios de radiodifusión, descubre el verdadero conflicto existente entre Cofetel, con facultades atribuidas por el Congreso y la SCT, investida de tales atribuciones por obra y gracia del Presidente Felipe Calderón a su Secretario de Comunicaciones, Juan Molinar Horcasitas. El Supremo Tribunal consideró que era contrario a la Constitución otorgar al Secretario mayores facultades que aquellas que le otorgó el Congreso al Órgano Desconcentrado Cofetel. En términos llanos, la contienda se deriva de intereses de los miembros del Pleno de la Cofetel impuestos por las televisoras, y los beneficios políticos representados en el Congreso en las tres corrientes mayoritarias: PRI, PAN Y PRD. Todavía está por verse la colisión que se avecina por la iniciativa presentada por el Presidente de la Comisión de Radio y Televisión del Senado de la República, la cual pretende la regularización de estaciones permisionadas comunitarias, culturales y oficiales, objetivos políticos que difieren del punto de vista de las dos cadenas de televisión dominantes del país. La iniciativa del Senador Carlos Sotelo del PRD ha sido calificada de Chavista. La facultad de revocar concesiones y el consecuente rescate de la frecuencia involucrada en la rebatiña actual, quedó en manos del Secretario de Comunicaciones y Transportes. Esto es, la facultad para otorgar prerrogativas de explotación de un bien del dominio público de la Nación le corresponde a Cofetel, y la facultad de refrendarla y revocarla quedó en manos del Secretario, situación que se traduce en una inconsistencia jurídica pues, conforme a la máxima “el que puede lo más puede lo menos”, la propia Cofetel debería tener ambas atribuciones. Mientras tanto, el usuario, el suscriptor de los servicios de telecomunicaciones, sigue padeciendo de contenidos de ínfima calidad, servicios deficientes y tarifas estratosféricas.
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